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¿A quién debo indicar como beneficiario efectivo (UBO) al abrir una cuenta para una organización sin ánimo de lucro?
¿A quién debo indicar como beneficiario efectivo (UBO) al abrir una cuenta para una organización sin ánimo de lucro?
Actualizado hace más de 2 semanas

Para organizaciones sin ánimo de lucro, puedes indicar como beneficiarios efectivos (UBO) a las personas que cumplan con alguno de estos criterios:

  • Directores con más del 25 % de los derechos de voto

  • Personas con poder de veto o la autoridad unilateral para nombrar directores

  • Personas que posean más del 25 % de los activos en caso de liquidación de la organización

  • Presidente/a de la junta directiva

Nota:

En asociaciones y fundaciones clasificadas como organizaciones con fines de lucro, también deben incluirse como UBOs las personas que posean más del 25 % de los beneficios de la organización.

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